sábado 29 de junio de 2024 - Edición Nº2033

Región | 27 oct 2022

Seguridad Vial

El Senado bonaerense vota la Ley de Alcohol Cero

Con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación para conducir, se espera la aprobación en la Cámara alta de la provincia de Buenos Aires para la modificación del Código de Tránsito.


La Cámara de Senadores bonaerense tratará hoy proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo provincial para establecer la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

La propuesta fue enviada por el gobernador Axel Kicillof y el ministro de Transporte, Jorge D'Onofrio, en abril pasado, y prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido no puedan manejar, recordando que, actualmente, el nivel de alcohol máximo permitido es de 0,5 gramos por litro de sangre.

 

 

Minutos después de que los trabajos de la Comisión de la Legislatura abrieran paso al debate en el recinto, el ministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires, Jorge D’Onofrio, agradeció a todos los senadores que "han hecho un abordaje integral con la participación de todos los sectores, especialmente a todos los miembros que, incluso sin estar del todo de acuerdo, dieron el debate".

El funcionario agregó: "Será un paso fundamental para emprender el cambio cultural que pretendemos en materia de seguridad vial", ya que con la modificación propuesta la normativa regirá "queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor, con impedimentos físicos o psíquicos sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol".

La iniciativa, que cuenta con el apoyo de la oposición tras la inclusión de un fondo para municipios, contempla penalidades que incluyen desde el arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir, de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: hasta los 0,49 gramos por litro se quitará el permiso por 90 días, mientras que los que tengan más de 1,5 g/l perderán el permiso por 18 meses. 

 

Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.

 

Los impulsores del proyecto destacaron que la siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años, y que el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales. Además, vale resaltar que ya rige como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez; y en ciudades del interior del país como Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).

 

 

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