domingo 07 de julio de 2024 - Edición Nº2041

Agro | 2 may 2023

Economías regionales

Yerba y carne de cabra, los nuevos productos alcanzados por el dólar agro

El Ministerio de Economía incluyó a estos dos actividades como beneficiarias del tipo de cambio diferencial temporal de $300 por dólar hasta el 31 de octubre. La semana pasada, se había anunciado el ingreso del sorgo, la cebada forrajera, el girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina.


El Ministerio de Economía incluyó ahora a la yerba mate y la carne caprina en el listado de los productos de las economías regionales alcanzados por el dólar agro, como se conoce informalmente al Programa de Incremento Exportador (PIE), que establece un tipo de cambio diferencial temporal de $300 por dólar hasta el 31 de octubre.

La semana pasada la cartera había anunciado el ingreso del sorgo, la cebada forrajera, el girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina, productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas), preparaciones alimenticias para animales, frutas frescas y sus productos derivados; carne ovina, salvados y moyuelos provenientes de la molienda de cereales, semillas hortícolas y de otras especies.

En la resolución que informó sobre el ingreso de nuevos productos al programa se destacó que "se busca promover el arraigo territorial, el agregado de valor, la industrialización en origen y el incremento de las exportaciones a través del desarrollo socioeconómico armónico, entre los distintos eslabones de las cadenas de valor de las economías regionales".

Además subrayó que son "especialmente relevantes en la determinación de los alcances de la presente medida la heterogeneidad en la productividad, la inserción en el mundo y la matriz productiva de las distintas cadenas".

Cabe señalar que previamente incorporó más de una veintena de producciones de economías regionales, siendo los principales complejos incorporados el vitivinícola, olivícola, apícola, pesquero, foresto-industrial, de la lana, legumbres, ajo, té, manicero, tabaquero, limonero, de la ciruela, maíz pisingallo, frutas finas, frutos secos, girasol confitero, mandarinas, naranjas, arroz, arándanos, peras y manzanas, cebolla, kiwi, pomelo, entre otros.

Los requisitos para todos los productos de las economías regionales que deben cumplir los interesados en acceder a los beneficios del programa son haber exportado las mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.

También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto. Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.

 

 

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