martes 18 de junio de 2024 - Edición Nº2022

Argentina | 7 jul 2023

Economía

Diputados aprobó una ley para proteger a los deudores de Créditos UVA

Dispone que la cuota a pagar para saldar la deuda no podrá superar el 30% de los ingresos acreditados por los deudores y, al mismo tiempo, establece que el cómputo será retroactivo al 1° de enero del 2023.


En una sesión maratónica en el Congreso, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles el proyecto de ley para crear un nuevo Régimen de Protección de Deudores de Préstamos Hipotecarios UVA y UVI, que ahora pasará al Senado. El proyecto se aprobó con 134 votos a favor, 40 en contra y 18 abstenciones, y tiene el objetivo de aliviar la situación financiera de aquellas personas que, durante el gobierno de Mauricio Macri, tomaron deuda y, luego, se vieron afectados por la inflación. 

Así, luego de cinco horas de debate, diputados aprobó la media sanción a la iniciativa que ya había sido consensuada de manera previa por el bloque del Frente de Todos y más de la mitad de los ediles de la Unión Cívica Radical (UCR), con un fuerte impulso del ex vicepresidente Julio Cobos.

De esta manera, el proyecto de ley de créditos UVA que próximamente buscará aprobación en el Senado, le garantizaría a los deudores que la cuota a pagar tome en cuenta el índice mensual que de más bajo entre el coeficiente de variación salarial basado en la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), y el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mide la inflación promedio. 

En paralelo, el diputado, Martín Tetaz, había presentado un proyecto que quedó a mitad de camino, que contaba con el apoyo del PRO, la Coalición Cívica y su partido, la UCR, que estipulaba quien había tomado uno de los créditos UVA tenga la posibilidad de elegir cuál de los dos índices prefería aplicar para saldar la deuda. 

En este sentido, el proyecto aprobado por diputados dispone que la cuota a pagar para saldar la deuda de los créditos UVA no podrá superar el 30% de los ingresos acreditados por los deudores, y al mismo tiempo, establece que el cómputo será retroactivo al 1° de enero del 2023.

El documento también define los límites del grupo beneficiario de la medida: para los deudores de créditos de hasta 200.000 UVAs la cobertura es hasta las 120.000 UVAs, mientras que para los préstamos de más de 200.000 UVAs no aplica ningún beneficio de compensación. Por otra parte, tampoco se permite extender la duración del crédito más del 25% del plazo originalmente acordado.

Asimismo, la ley crea un Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH), que tiene la finalidad de compensar los descalces entre la cuota calculada en base a salarios, y la estimada con la tasa UVA, aunque se establece que el deudor debe adherir de forma voluntaria al régimen para acceder a los beneficios del mismo. 

Cabe mencionar que, en el caso de que el deudor de créditos UVA se encuentre desempleado, ese fondo fiduciario de compensación se hará cargo de abonar hasta tres cuotas, ya que estará financiado con un aporte mensual determinado por el Banco Central con un "límite máximo de 0,0025% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y moneda extranjera".

 

 

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