viernes 28 de junio de 2024 - Edición Nº2032

Sociedad | 13 jun 2024

Pequeños Contribuyentes

El Senado mantuvo el Monotributo Social y el Gobierno volverá a Diputados para derogarlo

Fue rechazado el artículo 100 dentro del capítulo fiscal del Régimen Simplificado que derogaba la categoría tributaria dirigida a los sectores de la economía popular.


Tras la aprobación de la reforma fiscal en general, el Senado rechazó un artículo clave dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Se trata del artículo 100 que derogaba el monotributo social, un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales, con una cuota mensual reducida.

 

A pesar del rechazo en el recinto, el oficialismo insistirá con la derogación del régimen cuando el paquete fiscal junto a la Ley Bases vuelva a tratarse en Diputados.

 

"Deróganse el último párrafo del artículo 39, los párrafos tercero y cuarto del artículo 47 y el último párrafo del artículo 48, del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias", dicta el artículo rechazado por los 40 votos (contra 30) en el Senado.

El fin del monotributo social afectaba a más de 620.000 trabajadores autónomos, de la llamada economía social. Los titulares de este régimen iban a escalar directamente a la categoría A, por lo que pasarían de abonar una cuota mensual de $3200 a una de $26.600, 700% más que en la actualidad.

El Senado aprobó la reforma fiscal en general, por 37 votos afirmativos y 35 en contra. No obstante, el cuerpo legislativo rechazó los títulos de Bienes Personales y a la restitución del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría. Sumado al artículo 100 dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que derogaba el Monotributo Social. Es por ello que el paquete fiscal deberá volver a debatirse en la Cámara de Diputados.

 

 

El Monotributo social es un régimen que permite registrar las actividades productivas, comerciales y de servicios de la economía social y popular. A diferencia del régimen general, los titulares del monotributo social están exentos el pago del componente impositivo, del previsional y de la obra social. Por lo tanto, un contribuyente paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social.

Este régimen es compatible con otros programas como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUH). También para aquellos jubilados y pensionados que no superen el haber mínimo.

 

 

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