sábado 27 de julio de 2024 - Edición Nº2061

Argentina | 8 jul 2024

Hacia el Pacto de Mayo

El Gobierno promulgó la Ley Bases y el Paquete Fiscal

Los decretos de ambas iniciativas fueron publicados este lunes en el Boletín Oficial. Busca avanzar en cambios profundos en prácticamente todas las áreas de la vida cotidiana: relaciones laborales, empleo, inversiones y obras públicas, entre otras.


El Gobierno Nacional promulgó la Ley de Bases y el paquete de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, a través de los Decretos 592 y 593, publicados esta madrugada en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Tras arduas negociaciones con la oposición dialoguista, que logró cambiar varios artículos, Milei finalmente obtuvo el nuevo paquete de leyes "fundamental" para llevar adelante las transformaciones que quiere para la Argentina. La reglamentación se produce en la previa a la firma del Pacto de Mayo en la que el Gobierno buscará lograr el compromiso de distintos sectores, dirigentes y gobernadores sobre diez puntos relacionados a su plan económico, social y político.

En tanto, con la Ley Bases Milei logró tener el visto bueno para avanzar en cambios profundos en prácticamente todas las áreas de la vida cotidiana: relaciones laborales, empleo, obras públicas, entre otras.

En ese sentido, en el artículo 1° de la Ley Bases se declara "la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año" y se delegan "en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia", uno de los puntos que más controversia generó.

Las obras públicas financiadas por el Estado que superen los $10.000 millones serán canceladas salvo aquellas con avance de ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional, afectando infraestructuras como rutas, hospitales y escuelas.

La ley tiene, además, impacto en el mundo laboral de los empleados de organismos del Estado, quienes quedan sujetos a reestructuración y podrán ser puestos en disponibilidad por un máximo de un año. Durante este período, recibirán capacitación o se les asignarán tareas en servicios tercerizados. Si no son reasignados en este plazo, serán desvinculados con una indemnización basada en su mejor salario mensual y su antigüedad.

No serán afectados los empleados que sean delegados sindicales con mandato vigente o que estén de licencia por motivos como enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio. Una vez vencida la licencia, podrían ser puestos en disponibilidad.

Además, se prohíben durante el horario laboral actividades vinculadas a campañas electorales y partidistas, y a partir del cumplimiento de los requisitos de jubilación, los empleados podrían ser exhortados a iniciar los trámites previsionales.

Dentro de la Ley Bases se establece que el derecho a huelga no podrá ser tomado como un elemento causal de despido, aunque sí se podrá descontar el día a aquellos empleados que paren.

En tanto, uno de los cambios más sustanciosos que introduce está dado por las relaciones laborales entre privados: se introduce un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable a ocho meses o un año dependiendo del tamaño de la empresa. Mientras que participar en bloqueos o tomas de la empresa será considerado como injuria laboral grave y justificación para el despido.

También se plantea un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones, financiado con un aporte mensual del empleador que no supere el 8% del salario. Se trata de un sistema similar al que utiliza la UOCRA y que, para aplicarse, deberá ser acordado a través del convenio colectivo de trabajo. Además, se establecerán indemnizaciones agravadas en casos de despido por discriminación.

Para el caso de los trabajadores independientes o monotributistas, podrá contratar a otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.

 

El RIGI y Ganancias

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que también concentró varias críticas, está destinado a fomentar grandes inversiones con grandes exenciones impositivas.

Para calificar, las compañías deben realizar una inversión mínima de 200 millones de dólares. Las reglas del régimen permiten a los inversores recaudar un porcentaje de las exportaciones dos años después del inicio de la inversión: el 20% en el segundo año, el 40% en el tercer año, y el 100% a partir del cuarto año.

 

 

El paquete fiscal establece una reversión del impuesto a las Ganancias que había establecido el entonces ministro de Economía Sergio Massa durante la última parte del año pasado, cuando era el candidato presidencial de Unión por la Patria.

A partir de ahora, el mínimo no imponible será de $1.800.000 brutos para los solteros y de $2.200.000 para los casados con hijos. Así, con alícuotas que van del 5% al 35%, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos el año pasado. Se podrán deducir del impuesto gastos por alquiler y servicios médicos. La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En el caso del impuesto a los Bienes Personales, el mínimo no imponible se elevará, eximiendo a quienes posean bienes por debajo de los $100 millones. Las alícuotas disminuirán a un rango entre 0,5% y 1,5%. Además, un régimen especial permitirá adelantar el pago del tributo de cinco ejercicios a una tasa preferencial.

En cuanto a los monotributistas, sus escalas y montos de facturación se incrementarán hasta un 400% desde julio. Las cuotas a pagar subirán en la misma proporción, actualizándose semestralmente según el índice de precios al consumidor. Así, la categoría más baja (A) podrá facturar hasta $6.450.000 anuales -actualmente era de $2,1 millones-, y el monto máximo de facturación para la categoría más alta (K) será de $68 millones.

Por otro lado, se establece un aumento en los importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Sumando todos los parámetros, las cuotas a pagar van desde $26.600 (categoría A) hasta $280.734 (categoría H). Hasta ahora, los montos iban de $12.128 a $66.111. 

 

 

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