El juez de Garantías Daniel De Marco resolvió excarcelar a Raúl Alejandro Lozano García, quien estuvo preso en la Unidad Penal Nº 44 de Batán, al considerar que el estado en que conducía Quirós fue decisivo en la tragedia.
Los estudios toxicológicos confirmaron que Quirós tenía cocaína en sangre al momento del accidente, mientras que el informe accidentológico determinó que circulaba a más de 100 km/h, superando la velocidad permitida en ese tramo de la ruta.
Para el juez, estas circunstancias fueron las que tuvieron “trascendental incidencia en el desenlace”, más allá de las irregularidades del camión, que no contaba con habilitación ni licencia vigente de su chofer.
La decisión judicial fue rechazada por el abogado de la familia de las víctimas, Juan Manuel Belliure, quien denunció que el fallo constituye un “acto de arbitrariedad manifiesta”. En su apelación pidió que se revierta la excarcelación, se dicte prisión preventiva contra el camionero y se aparte al juez de la causa.
Además, cuestionó la validez de la pericia toxicológica, al advertir supuestos problemas en la cadena de custodia y contradicciones en los resultados.
El siniestro ocurrió el 8 de junio, a las 19:33, en el kilómetro 45 de la Ruta 88, cuando Quirós impactó de lleno contra la carga del camión. El médico y su hijastro murieron en el acto, mientras que su pareja, Yanina Liani, resultó con graves heridas y aún permanece en recuperación.