El Gobierno nacional dispuso la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023 de la emergencia pública en materia sanitaria, dispuesta por la ley 27.541, según la publicación de este viernes en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 863/2022.
La normativa faculta al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación de esta medida y, en sus considerandos, argumenta que todavía hay necesidades de atención especial por la pandemia de coronavirus y sus impactos, incluso en el ámbito de la salud mental.
Entre sus aportes más desatacados, la emergencia sanitaria permite establecer un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran.
También permite contratar personal de salud jubilado o retirado, y autorizar, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos y técnicas de salud, titulados y tituladas en el extranjero cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina.
Finalmente, entre alguno de sus considerandos, facilita a la cartera sanitaria autorizar la instalación y funcionamiento de hospitales de campaña o modulares, aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas, y reasignar de partidas presupuestarias, por parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la implementación de las medidas que fueran necesarias bajo esta emergencia.