

En un trabajo conjunto entre la municipal Secretaría de Desarrollo Humano y Políticas Sociales, a cargo de Sandra Antenucci, y la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, comenzó un asesoramiento a personas que estén interesadas en escriturar sus viviendas a través del programa “Mi escritura, mi casa”, quienes podrán dirigirse los días martes y jueves, entre las 9:30 y las 13, a las oficinas de dicha dependencia (ubicada en el subsuelo del Centro Cívico) o realizar sus consultas a través del Wathsapp (2262) 318934.
Cabe mencionar que este programa del Gobierno provincial permite a miles de familias tener garantizado el título de propiedad de su casa de forma totalmente gratuita, para lo se que requiere, antes, presentarse en el área con los siguientes requisitos:
1- Fotocopia del Boleto de Compra-Venta, convenio de donación y sus cesiones (en caso de existir). Si no lo tenés, podés adquirirlo en una librería.
2- Formulario con los datos personales de vendedores/as y/o apoderados/as. (Formulario 1*) o ( Formulario 5*).
3- Formulario de autorización del vendedor/a y/o apoderado para escriturar de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.830. ( Formulario 2*).
4- Formulario con los datos personales de compradores y/o apoderados/as.( Formulario 3*) o ( Formulario 5*).
5- Declaración Jurada de Vivienda Única y Ocupación Permanente( Formulario 4*)
6- Fotocopia de los D.N.I de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.
7- CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a.
8- Justificación de tu estado civil, acompañando:
9- Fotocopia de la escritura anterior (la que está a nombre del vendedor/a o su original).
10- Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a (en caso de corresponder).
11- Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, presentar una copia del plano.
12- Si para efectuar la escritura traslativa de dominio el bien se debe afectar primero a propiedad horizontal, tenés que incluir:
13- Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de valuación fiscal.
14- Para poder escriturar, la valuación fiscal de la vivienda tiene que ser igual o menor que $1.731.000 y la del terreno igual o menor que $ 865.800.