miércoles 13 de noviembre de 2024 - Edición Nº2170

Economía | 22 sep 2023

Compre sin IVA

Los bancos empezarán a acreditar desde hoy la devolución del IVA

La AFIP confirmó que fueron enviados a las entidades financieras los listados con los datos de los beneficiarios y el compromiso es que comiencen a acreditar en las cuentas.


A partir de este viernes comenzarán a verse las acreditaciones en cuenta de la devolución del 21% del IVA sobre las compras realizadas en productos de la canasta básica o de limpieza, según confirmaron desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Para ello, ya fueron enviados los listados con los datos de los CUIT de los beneficiarios a los bancos y entidades procesadoras para que puedan entrecruzar datos con las cuentas y la titularidad de billeteras virtuales adheridas. De esta manera estarían en condiciones de comenzar a recibir el beneficio más de 21 millones de personas.

La iniciativa oficial sumó a los empleados en relación de dependencia, con salarios inferiores a los $708.000 y a los monotributistas a un beneficio que ya recibían los jubilados y beneficiarios de planes sociales. El programa "Compre sin IVA" comenzó el luunes, pero faltaba aceitar el proceso mediante el cual las entidades financieras podrían devolver el dinero en la cuenta.

 

Un repaso por el Compre sin IVA

El programa es un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un límite de hasta $18,800, que se aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

 

 

Pueden beneficiarse del régimen de reintegros las personas que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí: a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales; b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social; c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social; d) Trabajadores en relación de dependencia, con ingresos mensuales que no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil; f) Monotributistas, excepto si obtienen ingresos de ciertas fuentes específicas.

Para averiguar si uns persona es beneficiario del reintegro, las consultas sencillas se pueden realizar ingresando el CUIL en el siguiente enlace: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx.

 

 

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